top of page

Contratos por Tiempo Indeterminado, sujetos a un Periodo de Prueba: Lo que las Empresas Deben Saber

Foto del escritor: Pablo Román Solórzano CerezoPablo Román Solórzano Cerezo


1. ¿Qué es lo que las empresas deben valorar?

El periodo de prueba es una herramienta valiosa para evaluar la capacidad, habilidades y compatibilidad de un trabajador con el puesto antes de consolidar una relación laboral. Sin embargo, las empresas deben ser conscientes de los siguientes puntos:

  • Objetivo del periodo de prueba: Evaluar si el trabajador cumple con los requisitos y expectativas del puesto. Por tanto, en el contrato se deberá especificar cuál o cuáles son los KPIs o parámetros de pruebas a los que estará sometido.

  • Duración máxima:

    • Generalmente, hasta 30 días para la mayoría de los trabajadores.

    • Hasta 180 días para puestos de confianza, dirección general o funciones especializadas que impliquen conocimientos técnicos o profesionales.

  • Formalidad: Debe documentarse claramente en el contrato individual de trabajo. De lo contrario, se asume una relación laboral indeterminada desde el inicio.




2. La importancia del Reglamento Interior de Trabajo (RIT)

Es un error común que las empresas no incluyan los procedimientos del periodo de prueba en el Reglamento Interior de Trabajo (RIT). Esto puede generar problemas legales y de comunicación interna.

  • Por qué debe estar en el RIT:

    • El RIT regula las condiciones laborales y establece cómo se evaluará al trabajador durante el periodo de prueba.

    • Asegura que todos los involucrados (empleador y trabajador) conozcan y acepten los criterios y procedimientos.


3. Comisión Mixta para la Productividad, Capacitación y Adiestramiento

La Comisión Mixta aunque es obligatoria para las empresas, que tengan más de 50 empleados, su ausencia puede invalidar procesos relacionados con el periodo de prueba, ya que:

  • Al finalizar el periodo de prueba al que fue sometido el trabajador, y si este no lo supera, la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento, deberá firmar la opinión en donde concuerda con el patrón que no lo ha superado.

  • Además que su integración evita sanciones por incumplimiento de las obligaciones patronales.


    ¿Qué pasa si no se cuenta con esta comisión?

  • Las evaluaciones realizadas podrían ser consideradas improcedentes, y el trabajador podría ser automáticamente considerado como contratado por tiempo indeterminado.


4. Extensión del plazo hasta 180 días

El periodo de prueba puede extenderse hasta 180 días únicamente en los siguientes casos:

  • Trabajadores en puestos de dirección, gerenciales o de confianza.

  • Aquellos que desempeñen funciones que requieran un nivel técnico, profesional o especializado.

¿Cómo se debe hacer?

  1. Debe quedar estipulado en el contrato de trabajo.

  2. Es indispensable contar con la opinión de la Comisión Mixta para garantizar que las evaluaciones son objetivas y formales.

  3. La empresa debe justificar la necesidad de un periodo prolongado debido a la naturaleza del puesto.

  4. Se debe hacer con el aviso de extensión del periodo de prueba. En caso de que este no se entregue al trabajador, se presumirá la relación por tiempo indeterminado.


Conclusión

Los contratos por tiempo indeterminado sujetos a un periodo de prueba son una excelente herramienta para las empresas, siempre y cuando se implementen correctamente. Desde documentar claramente los términos en el contrato, incluir los procesos en el RIT, y asegurarse de tener la Comisión Mixta funcionando, hasta cumplir con las disposiciones legales sobre plazos y evaluación, son claves para evitar problemas legales y maximizar el beneficio de esta figura.

 
 
 

Comments


Your content has been submitted

LOGO_Mesa de trabajo 1 (6).png

Nosotros

Acerca de Nosotros

Servicios

Proyectos

Contacto

Blog

Ciudades

Ciudad de México

Puebla

Quéretaro

Morelos

Estado de México

Términos y Condiciones

Aviso de privacidad

Dirección

Contactanos

Suscríbete

simbolo-de-la-aplicacion-de-facebook.png

Síguenos

linkedin (2).png
x azul.png

La información proporcionada en este sitio web tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoramiento legal. Solorzano Cerezo y Asociados ha elaborado este contenido con la finalidad de ofrecer una visión general de temas relacionados con el derecho laboral y mercantil, pero no sustituye el consejo profesional de un abogado. Es fundamental consultar con un abogado para obtener asesoramiento legal personalizado sobre cualquier asunto específico. Las leyes y regulaciones pueden cambiar con frecuencia y la aplicación de las mismas puede variar según cada caso particular. Por lo tanto, la información contenida en este sitio web no debe ser utilizada como base para tomar decisiones legales importantes. Solorzano Cerezo y Asociados no se responsabiliza por las decisiones tomadas o acciones realizadas basadas únicamente en la información proporcionada en este sitio web. El uso de este sitio web no crea una relación abogado-cliente.

Derechos Reservados de Solórzano Cerezo y Asociados | Diseñado por DDMX Dilo Digital México

bottom of page